Empresa y Autónomos

Calculadora Factura Autónomo

Calculadora simple de facturas para autónomos con IVA y retención IRPF

Solo si facturas a empresas o autónomos

¿Qué es calculadora factura autónomo?

La calculadora de factura para autónomos es una herramienta digital especializada que permite a freelancers, consultores y trabajadores por cuenta propia calcular de forma precisa y rápida todos los componentes fiscales de sus facturas profesionales. Esta calculadora automatiza el cálculo del IVA según diferentes tipos impositivos, aplica las retenciones de IRPF correspondientes según la actividad y el cliente, y determina el importe neto final que el autónomo recibirá realmente. Desarrollada siguiendo la normativa fiscal española vigente, es una herramienta esencial para la gestión diaria de cualquier profesional independiente que necesite emitir facturas cumpliendo con todas las obligaciones tributarias.

Interfaz intuitiva y optimizada específicamente para autónomos y freelancers sin conocimientos fiscales avanzados.

Cálculo automático y preciso del IVA aplicando los tipos vigentes: general 21%, reducido 10%, superreducido 4% y exento 0%.

Aplicación correcta de retenciones IRPF según el tipo de actividad: 15% servicios profesionales, 19% actividades empresariales, 21% actividades agrícolas.

Desglose detallado y transparente mostrando base imponible, IVA calculado, retención aplicada y total neto a cobrar.

Diferenciación automática entre clientes empresas (con retención) y particulares (sin retención IRPF).

Validación de datos de entrada para evitar errores comunes en la facturación.

Cálculos basados en la normativa de la Agencia Tributaria española actualizada a 2024.

Útil para múltiples sectores: consultoría, diseño gráfico, desarrollo web, formación, traducción, arquitectura, ingeniería.

Facilita el cumplimiento de obligaciones fiscales y reduce errores en declaraciones trimestrales.

Permite planificar el flujo de caja considerando los desfases temporales entre facturación y cobro real.

Herramienta de referencia para negociar honorarios considerando el impacto fiscal real.

Actualizada periódicamente según cambios normativos de la Agencia Tributaria.

Compatible con todos los epígrafes del IAE (Impuesto de Actividades Económicas) más comunes.

Incluye recordatorios sobre obligaciones fiscales trimestrales y anuales.

Facilita la preparación de documentación para gestorías y asesorías fiscales.

Fuente oficial: Agencia Tributaria - Régimen Fiscal de Autónomos y Obligaciones de Facturación

¿Cómo usar esta calculadora?

Para utilizar esta calculadora, primero introduce el importe de tu servicio o producto sin incluir IVA (base imponible). A continuación, selecciona el tipo de IVA que corresponde según tu actividad económica consultando tu epígrafe del IAE. Después, indica si tu cliente es una empresa, autónomo o administración pública (que debe aplicar retención IRPF) o si es un particular (sin retención). En caso de retención, selecciona el porcentaje correcto según tu tipo de actividad profesional. La calculadora procesará automáticamente todos los datos y te mostrará el desglose completo con el importe total de la factura y la cantidad neta que realmente cobrarás tras descontar las retenciones.

  1. Introduce el precio de tu servicio o producto sin incluir IVA (base imponible)
  2. Selecciona el tipo de IVA aplicable consultando tu epígrafe de actividad en el IAE
  3. Identifica el tipo de cliente: empresa/autónomo (con retención) o particular (sin retención)
  4. Si aplica retención, selecciona el porcentaje correcto según tu actividad profesional
  5. Revisa el cálculo automático del IVA y verifica que sea correcto
  6. Consulta el total de la factura (base imponible + IVA) que debes indicar al cliente
  7. Verifica el importe real a cobrar (total factura - retención IRPF) para tu planificación financiera
  8. Utiliza estos datos para elaborar tu factura oficial cumpliendo la normativa
  9. Guarda los cálculos para tu contabilidad y declaraciones trimestrales

Conceptos financieros importantes

El sistema fiscal español establece que los autónomos deben repercutir IVA en sus facturas, añadiéndolo al precio del servicio. Los tipos de IVA vigentes son: general 21% (mayoría de servicios profesionales), reducido 10% (hostelería, transporte, algunos servicios), superreducido 4% (productos de primera necesidad, libros) y exento 0% (servicios médicos, educativos, financieros). Cuando un autónomo factura servicios profesionales a empresas, otros autónomos o administraciones públicas, estos deben practicar retención a cuenta del IRPF: 15% para actividades profesionales generales, 19% para ciertas actividades empresariales y 21% para actividades agrícolas. Esta retención funciona como un pago anticipado del IRPF que el autónomo recuperará en su declaración anual. El importe que realmente cobra el autónomo es el total de la factura (base + IVA) menos la retención practicada. A particulares no se aplica retención IRPF. El IVA repercutido debe declararse trimestralmente, mientras que las retenciones soportadas se incluyen en la declaración anual de IRPF.

Fórmulas utilizadas:

  • IVA = Base imponible × Tipo de IVA (%)
  • Total factura = Base imponible + IVA
  • Retención IRPF = Base imponible × Tipo de retención (%)
  • Importe neto a cobrar = Total factura - Retención IRPF
  • Beneficio bruto = Importe cobrado - Gastos deducibles
  • Beneficio neto = Beneficio bruto - Cuota de autónomos - IRPF anual
  • Tipo efectivo de gravamen = (IVA - Retención) / Base imponible × 100

Consejos y recomendaciones

Identifica correctamente tu tipo de IVA

Servicios profesionales como consultoría, diseño, programación, arquitectura: 21%. Formación y educación: pueden estar exentos según modalidad. Hostelería y transporte: 10%. Consulta siempre tu epígrafe IAE específico en la Agencia Tributaria para confirmar el tipo correcto y evitar errores fiscales.

Retención IRPF solo aplica a clientes empresariales

La retención del 15% (o 19%/21%) solo se aplica cuando facturas a empresas, otros autónomos o administraciones públicas. A particulares (personas físicas) nunca aplicas retención IRPF. Verifica siempre el tipo de cliente antes de emitir la factura para evitar errores.

Planifica tu flujo de caja considerando desfases fiscales

El IVA lo cobras del cliente pero debes ingresarlo trimestralmente en Hacienda. La retención IRPF la recuperas solo en la declaración anual. Estos desfases temporales pueden afectar tu liquidez, especialmente con facturas grandes. Reserva fondos para cumplir obligaciones fiscales.

Solicita y conserva certificados de retenciones

Pide a tus clientes empresas el certificado anual de retenciones practicadas. Es obligatorio para tu declaración de IRPF y te permite justificar las retenciones soportadas. Guarda toda la documentación fiscal durante al menos 4 años según exige la normativa.

Actualiza tus conocimientos fiscales regularmente

Los tipos de IVA y retenciones pueden cambiar con nuevas leyes. Mantente informado a través de la Agencia Tributaria, tu gestoría o colegios profesionales. Los cambios normativos pueden afectar significativamente tus cálculos y obligaciones fiscales.

Considera el impacto fiscal al negociar honorarios

Al establecer tus tarifas, considera que el importe neto que cobras es menor debido a retenciones. Si necesitas cobrar 1.000€ netos y hay retención del 15%, debes facturar aproximadamente 1.176€ + IVA. Calcula siempre desde el neto deseado hacia el bruto a facturar.

Términos relacionados

factura autónomo calculadora autónomos IVA autónomo retención autónomo facturación freelance

Preguntas Frecuentes

¿Es gratuita esta calculadora?

Sí, todas nuestras calculadoras financieras son completamente gratuitas y no requieren registro.

¿Son precisos los cálculos?

Nuestras calculadoras utilizan fórmulas financieras estándar verificadas por expertos y basadas en normativas del Banco de España.

¿Puedo usar la calculadora en móvil?

Sí, todas nuestras herramientas están optimizadas para funcionar perfectamente en dispositivos móviles.

¿Cuándo exactamente debo aplicar retención IRPF en mis facturas como autónomo?

Debes aplicar retención IRPF cuando facturas servicios profesionales (no venta de productos) a empresas, otros autónomos, profesionales o administraciones públicas. La retención es del 15% para la mayoría de actividades profesionales, 19% para ciertas actividades empresariales y 21% para actividades agrícolas. A particulares (personas físicas) nunca aplicas retención IRPF, independientemente del importe facturado.

¿Cómo sé qué tipo de IVA debo aplicar a mis servicios profesionales?

El tipo de IVA depende de tu actividad según el epígrafe del IAE. Servicios profesionales generales (consultoría, diseño, programación, arquitectura, ingeniería): 21%. Servicios de hostelería y transporte: 10%. Productos básicos y libros: 4%. Servicios médicos, educativos y financieros: exentos (0%). Consulta tu epígrafe específico en la web de la Agencia Tributaria para confirmarlo.

¿Cómo afecta exactamente la retención IRPF a mi cobro real?

Si facturas 1.000€ de base + 210€ de IVA (21%) = 1.210€ total, pero hay retención del 15% sobre la base (150€), realmente cobras 1.060€. Los 150€ de retención no los pierdes: tu cliente los ingresa en Hacienda por ti y los recuperas como pago a cuenta en tu declaración anual de IRPF. Es un adelanto, no un coste adicional.

¿Puedo facturar sin incluir IVA siendo autónomo en régimen general?

No, si estás en régimen general del IVA debes incluir siempre el IVA correspondiente en tus facturas. Solo puedes facturar sin IVA si estás en regímenes especiales (recargo de equivalencia, régimen especial de agricultura) o si realizas actividades exentas (servicios médicos, educativos, financieros). En régimen general, omitir el IVA constituye una infracción fiscal.

¿Qué documentación fiscal debo conservar relacionada con mis facturas?

Debes conservar durante 4 años: copias de todas las facturas emitidas, certificados de retenciones de tus clientes, justificantes de ingresos del IVA trimestral, declaraciones de IRPF, y cualquier comunicación con Hacienda. Esta documentación es esencial para posibles inspecciones y para justificar deducciones y retenciones en futuras declaraciones.

¿Cómo facturo correctamente a clientes de otros países de la UE?

A clientes empresariales de la UE con NIF intracomunitario válido: aplicas 0% IVA (inversión del sujeto pasivo) y no hay retención IRPF. A clientes de fuera de la UE: 0% IVA (exportación de servicios) y tampoco retención. En ambos casos debes conservar documentación que acredite la prestación transfronteriza del servicio y la validez del NIF del cliente.

¿Puedo cambiar el tipo de retención IRPF según el cliente o proyecto?

No, el tipo de retención lo determina exclusivamente tu actividad según el epígrafe del IAE, no el cliente o proyecto específico. Si tienes múltiples actividades con diferentes epígrafes, cada una puede tener su tipo de retención correspondiente (15%, 19% o 21%), pero no puedes elegir arbitrariamente el porcentaje según tu conveniencia o la del cliente.

¿Qué datos son obligatorios incluir en una factura de autónomo?

Obligatoriamente: número y fecha de factura, tus datos completos (nombre, NIF, dirección), datos del cliente, descripción detallada del servicio/producto, base imponible, tipo y cuota de IVA, retención IRPF si aplica, total factura, y tu firma. El formato es libre pero estos datos son imprescindibles para que la factura sea válida fiscalmente.

¿Cómo afectan las facturas con retención a mi declaración trimestral de IVA?

En el modelo 303 trimestral declaras el IVA repercutido (facturado a clientes) independientemente de las retenciones IRPF. Las retenciones no afectan al IVA, son conceptos fiscales separados. El IVA se declara trimestralmente mientras que las retenciones se gestionan en la declaración anual de IRPF. Mantén ambos conceptos claramente diferenciados en tu contabilidad.

¿Puedo rectificar una factura si me equivoqué en el cálculo del IVA o retención?

Sí, debes emitir una factura rectificativa. Primero emites una factura con importes negativos que anule la original incorrecta, y después otra factura nueva con los datos correctos. Ambas operaciones (anulación y nueva factura) deben reflejarse en tus declaraciones trimestrales correspondientes. Conserva toda la documentación del proceso de rectificación.

Otras Calculadoras de Empresa y Autónomos

Simulador de retencion IRPF empleados

Estimacion de la retencion mensual de IRPF en nomina segun salario, pagas y minimos personales/familiares.

Usar calculadora

Calculadora de gastos de vehiculo deducibles

Estima el gasto deducible (IRPF/IS) y el IVA deducible de tu vehiculo segun uso profesional y tipo de vehiculo.

Usar calculadora

Calculadora de cuota de autónomos 2025

Calcula tu cuota mensual estimada de autónomos en 2025 con desglose, bonificaciones, pluriactividad y cese de actividad.

Usar calculadora