Empresa y Autónomos

Calculadora de Facturas

Calcula el IVA, retenciones IRPF y total de facturas para autónomos y empresas

Datos de la Factura

¿Qué es facturas?

La calculadora de facturas es una herramienta esencial para autónomos y empresas que permite calcular automáticamente el IVA, las retenciones de IRPF y el importe total de las facturas. Facilita la elaboración correcta de facturas cumpliendo con las obligaciones fiscales españolas, evitando errores en los cálculos y asegurando el cumplimiento de la normativa tributaria vigente.

Calcula automáticamente el IVA según el tipo aplicable (21%, 10%, 4%).

Aplica retenciones IRPF para actividades profesionales (15%, 19%, 21%).

Muestra el desglose completo: base imponible, IVA, retención y total.

Permite múltiples líneas de factura con diferentes conceptos.

Calcula el total a cobrar descontando las retenciones aplicables.

Incluye validaciones para evitar errores de cálculo.

Útil para servicios profesionales, consultoría, formación y actividades empresariales.

Cumple con la normativa fiscal española de facturación.

Facilita la declaración trimestral de IVA e IRPF.

Permite exportar o imprimir el desglose de la factura.

Actualizado con los tipos de IVA y retenciones vigentes en 2024.

Fuente oficial: Agencia Tributaria - Facturación y IVA

¿Cómo usar esta calculadora?

Introduce la base imponible de tu servicio o producto, selecciona el tipo de IVA aplicable y si corresponde retención IRPF. La calculadora mostrará automáticamente el desglose completo con IVA, retención y el importe total a facturar y a cobrar.

  1. Introduce la base imponible (precio sin IVA)
  2. Selecciona el tipo de IVA aplicable (21%, 10% o 4%)
  3. Indica si aplica retención IRPF y el porcentaje
  4. Revisa el cálculo automático del IVA
  5. Verifica la retención IRPF si corresponde
  6. Consulta el total de la factura (base + IVA)
  7. Revisa el importe a cobrar (total - retención)
  8. Usa los datos para elaborar tu factura oficial

Conceptos financieros importantes

En España, las facturas deben incluir IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) que se añade a la base imponible. Los tipos de IVA son: general 21%, reducido 10% (alimentación, transporte) y superreducido 4% (productos básicos). Para servicios profesionales se aplica retención IRPF que el cliente descuenta y ingresa en Hacienda: 15% general, 19% para determinadas actividades, 21% para actividades agrícolas. El total facturado incluye IVA, pero el cobro real es menor por la retención. Los autónomos deben declarar trimestralmente el IVA repercutido y las retenciones soportadas.

Fórmulas utilizadas:

  • IVA = Base imponible × Tipo IVA (%)
  • Total factura = Base imponible + IVA
  • Retención IRPF = Base imponible × Tipo retención (%)
  • Importe a cobrar = Total factura - Retención IRPF
  • Base imponible = Total con IVA ÷ (1 + Tipo IVA)
  • Tipo efectivo = (IVA - Retención) ÷ Base imponible × 100

Consejos y recomendaciones

Conoce los tipos de IVA aplicables

IVA general 21% (servicios profesionales, consultoría), reducido 10% (hostelería, transporte), superreducido 4% (libros, medicinas). Aplica el correcto según tu actividad.

Retención IRPF según actividad

Servicios profesionales 15%, actividades empresariales 19%, actividades agrícolas 21%. Consulta el epígrafe de tu actividad en el IAE para aplicar el tipo correcto.

Facturas exentas de IVA

Servicios médicos, educativos, financieros y exportaciones están exentos de IVA. En estos casos, solo aplica retención IRPF si corresponde.

Guarda el desglose para declaraciones

El IVA repercutido se declara trimestralmente. Las retenciones soportadas se incluyen en la declaración anual de IRPF. Mantén registro detallado de ambos conceptos.

Facturación a empresas vs particulares

A empresas aplicas retención IRPF si eres profesional. A particulares no hay retención. El IVA se aplica siempre salvo actividades exentas.

Revisa cambios normativos

Los tipos de IVA y retenciones pueden cambiar. Mantente actualizado con las modificaciones fiscales que publique la Agencia Tributaria.

Términos relacionados

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Preguntas Frecuentes

¿Es gratuita esta calculadora?

Sí, todas nuestras calculadoras financieras son completamente gratuitas y no requieren registro.

¿Son precisos los cálculos?

Nuestras calculadoras utilizan fórmulas financieras estándar verificadas por expertos y basadas en normativas del Banco de España.

¿Puedo usar la calculadora en móvil?

Sí, todas nuestras herramientas están optimizadas para funcionar perfectamente en dispositivos móviles.

¿Cuándo debo aplicar retención IRPF en mis facturas?

Aplicas retención cuando facturas servicios profesionales a empresas, autónomos o administraciones públicas. No aplicas retención a particulares ni en actividades puramente empresariales (venta de productos).

¿Qué tipo de IVA debo aplicar a mis servicios?

Servicios profesionales (consultoría, asesoría, formación): 21%. Hostelería y transporte: 10%. Productos básicos (pan, leche, libros): 4%. Servicios médicos y educativos: exentos (0%).

¿Cómo calculo el total a cobrar si hay retención?

Total a cobrar = (Base imponible + IVA) - Retención IRPF. Ejemplo: 1.000€ base + 210€ IVA - 150€ retención = 1.060€ a cobrar.

¿Puedo facturar sin IVA siendo autónomo?

Solo si estás en régimen de recargo de equivalencia, eres agricultor en régimen especial, o realizas actividades exentas (médico, profesor). En régimen general siempre debes incluir IVA.

¿Qué pasa con el IVA y las retenciones en mis declaraciones?

El IVA lo declaras trimestralmente (modelos 303/300). Las retenciones las recuperas en la declaración anual de IRPF. Son conceptos independientes pero ambos afectan tu liquidez.

¿Cómo facturo a clientes extranjeros?

UE con NIF intracomunitario: 0% IVA (inversión del sujeto pasivo). Fuera UE: 0% IVA (exportación). En ambos casos no hay retención IRPF. Requiere documentación específica.

¿Puedo cambiar el tipo de retención en mis facturas?

No, el tipo de retención lo determina tu actividad según el epígrafe IAE: 15% actividades profesionales, 19% empresariales, 21% agrícolas. No puedes elegir arbitrariamente.

¿Qué datos debe incluir obligatoriamente una factura?

Número y fecha, datos del emisor y receptor, descripción del servicio/producto, base imponible, tipo y cuota de IVA, retención IRPF si aplica, y total. Formato libre pero datos obligatorios.

¿Cómo afecta el IVA a mi flujo de caja?

Cobras el IVA del cliente pero debes ingresarlo trimestralmente en Hacienda. Es dinero "de paso". Planifica la liquidez para no usar ese dinero en gastos corrientes.

¿Puedo rectificar una factura mal calculada?

Sí, emite una factura rectificativa (negativa) anulando la original y otra nueva con los datos correctos. Ambas deben reflejarse en tus declaraciones trimestrales correspondientes.

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